El titular de Salud, Oscar Ugarte, afirmó hoy que, según la ley, las instituciones públicas y privadas de salud están obligadas a indemnizar a sus pacientes ante una negligencia medica o daños directos ocasionados en la práctica del ejercicio profesional.Fue al comentar el caso del octogenario que fue víctima de una negligencia médica en el Hospital Alberto Sabogal del Callao, nosocomio de Essalud, donde sufrió la amputación de la pierna equivocada, y al final tuvo que ser sometido a la extirpación de ambas extremidades inferiores.
“De acuerdo con el Decreto Legislativo 1029, se establece que las entidades son patrimonialmente responsables frente a los administrados por los daños directos e inmediatos ocasionados por la administración”, acotó.
Según Ugarte Ubilluz, la norma también indica que hay responsabilidad compartida entre las instituciones y las personas vinculadas, quienes deben afrontar la negligencia.
Explicó que la Ley General de Salud Nº 26842 refiere que el establecimiento de salud o servicio médico de apoyo es solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se le ocasionen al paciente, producto del ejercicio negligente o imperito de las actividades de los médicos.
Tras comentar que el tiempo y el monto de la indemnización deben ser establecidos por las partes vinculadas en el tema, Ugarte comentó que EsSalud está asumiendo su responsabilidad y está actuando de acuerdo a ley, asesorándose legalmente y actuando con prontitud.
“Creo que EsSalud actuó bien como institución, porque inmediatamente en una investigación sumaria determinaron responsabilidades y han actuado sancionando a los profesionales y técnicos que han intervenido en este garrafal error”, dijo.
Al ser consultado por la prensa sobre las sanciones que podrían aplicarse a los profesionales que participaron de la errónea intervención, el ministro aclaró que el tema es facultad de cada colegio profesional, que debe decidir, por ejemplo, la suspensión de las licencias.
Fuente: http://www.larepublica.pe








